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La Corte Suprema ordena a la Nación y a tres provincias implementar un plan ambiental para el Delta del Paraná

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo de alto impacto institucional y ambiental al ordenar a la Nación, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, y a los municipios de Rosario y Victoria que implementen de manera efectiva un plan integral para frenar los incendios en la zona de islas del Delta del río Paraná. La decisión se enmarca en una causa iniciada en 2020, luego de una sucesión de quemas masivas que afectaron a cientos de miles de hectáreas de humedales, áreas naturales protegidas y zonas productivas, y que provocaron reiterados episodios de humo sobre grandes centros urbanos del litoral.

En su resolución, el máximo tribunal ratificó la responsabilidad compartida de los distintos niveles del Estado sobre el territorio y exigió la ejecución del Plan Integral Estratégico para la Conservación y el Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (Piecas-DP). Ese instrumento, elaborado hace años por organismos nacionales y provinciales, establece lineamientos para ordenar el uso del suelo, prevenir incendios, proteger la biodiversidad y asegurar un desarrollo productivo compatible con la preservación de los humedales. Hasta ahora, su aplicación había sido parcial y fragmentada, a pesar de las advertencias de especialistas y de los reclamos de la población afectada.

El expediente se abrió tras los incendios de 2020, cuando se estimó que más de 300.000 hectáreas resultaron dañadas entre pastizales, bosques nativos, áreas ganaderas y zonas próximas a localidades ribereñas. Las imágenes de campos humeantes, fauna desplazada y ciudades cubiertas por una densa niebla contaminante pusieron en evidencia la falta de coordinación entre las jurisdicciones y la ausencia de controles efectivos sobre las quemas, muchas de ellas vinculadas a prácticas productivas extensivas. La causa avanzó con presentaciones de diferentes actores institucionales y derivó finalmente en la intervención de la Corte Suprema, que ahora apunta a cerrar una etapa de inacción.

El fallo dispone que los gobiernos involucrados adopten medidas concretas para prevenir y reducir las quemas, reforzar los sistemas de monitoreo y alerta temprana, e intensificar los controles sobre actividades que puedan generar focos ígneos en las islas. También remarca la necesidad de establecer mecanismos de coordinación permanentes entre los organismos nacionales, provinciales y municipales con competencia en materia ambiental, productiva y de seguridad, de modo que las decisiones no queden fragmentadas ni dependan de respuestas aisladas frente a cada emergencia.

La decisión del máximo tribunal se apoya en el principio de que los humedales del Delta constituyen un ecosistema de relevancia estratégica para el país, tanto por su función de amortiguación frente a inundaciones como por su aporte a la biodiversidad y a las actividades económicas de la región. El texto subraya que la quema reiterada de pastizales altera de manera profunda ese equilibrio, genera emisiones contaminantes y agrava la exposición de las poblaciones cercanas a problemas de salud, en particular en las ciudades ribereñas que ya registraron múltiples episodios de humo durante los últimos años.

A partir del fallo, la Nación y las provincias intervinientes deberán avanzar en la puesta en marcha de acciones que, según se desprende de los lineamientos del plan, incluyen la revisión de prácticas productivas, la actualización de mapas de riesgo, la delimitación de áreas de alto valor de conservación y el fortalecimiento de brigadas de combate de incendios y sistemas de vigilancia. Si bien los detalles operativos quedarán en manos de las jurisdicciones, la intervención de la Corte fija un marco de obligaciones y controles que vuelve más difícil la desatención o el incumplimiento de los compromisos asumidos.

El pronunciamiento se suma a una serie de decisiones judiciales recientes que colocan en el centro de la agenda la responsabilidad del Estado frente a los daños ambientales derivados de actividades humanas. En este caso, además, se trata de un territorio atravesado por competencias superpuestas, lo que durante años fue utilizado como argumento para diluir las responsabilidades. La Corte, en cambio, enfatiza que la complejidad institucional no puede ser excusa para dejar sin protección a un ecosistema clave, ni para exponer a los habitantes de la región a episodios recurrentes de humo, pérdida de servicios ambientales y deterioro productivo.

De cara a los próximos meses, la atención estará puesta en cómo responden los gobiernos nacionales, provinciales y municipales a las obligaciones fijadas por el tribunal. La implementación efectiva del plan exigirá recursos, coordinación política y capacidad de control en territorio, además de instancias de diálogo con productores, organizaciones sociales y comunidades locales. El fallo abre así una etapa en la que la política ambiental y la gestión de riesgos en el Delta del Paraná quedarán bajo una lupa más estricta, con la Justicia como actor que seguirá de cerca el cumplimiento de los compromisos asumidos por los diferentes niveles del Estado.

La resolución se inscribe, finalmente, en un contexto de riesgo creciente para los humedales del país, presionados por cambios en los usos del suelo, el avance de distintos modelos productivos y la mayor frecuencia de eventos climáticos extremos. Al ordenar la puesta en marcha de un plan específico para el Delta, la Corte envía una señal hacia el resto de las jurisdicciones sobre la necesidad de anticiparse a los conflictos ambientales y de asumir que la protección de estos ecosistemas no es un tema periférico, sino un componente central de las políticas públicas de desarrollo y de cuidado de la salud de la población.