La Corte Suprema de Justicia dispuso la ejecución efectiva de los decomisos ordenados contra Lázaro Báez y su hijo Martín en causas por lavado de dinero y administración fraudulenta de fondos públicos. La decisión, comunicada al Tribunal Oral Federal 4, pone en marcha el traspaso al Estado nacional de bienes inmuebles, sumas de dinero y fondos provenientes de subastas, por un monto que supera los 60 millones de dólares. Se trata de uno de los mayores recuperos patrimoniales derivados de casos de corrupción en la historia reciente del país.
El fallo ordena que se proceda a la transferencia de las sumas dinerarias ya decomisadas, así como de los fondos obtenidos en remates de propiedades vinculadas al grupo empresario de los Báez, a cuentas bancarias bajo la órbita del máximo tribunal. A partir de allí, y una vez culminados los pasos administrativos y registrales, esos activos deberán ser incorporados al patrimonio del Estado. La resolución alcanza tanto a montos en dólares como a sumas en pesos que, según lo establecido en la sentencia, deben actualizarse por índices de precios.
El origen de estos bienes se remonta a la adjudicación irregular de obras viales en la provincia de Santa Cruz durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner, casos que derivaron en condenas firmes por parte de la Justicia federal. En paralelo, los tribunales orales dispusieron el decomiso de dinero y propiedades como parte de la respuesta penal frente al desvío de fondos públicos. Con la decisión de la Corte, esos decomisos dejan de ser una previsión meramente declarativa y avanzan hacia su concreción material.
De acuerdo con los cómputos judiciales, la suma a recuperar supera los 61 millones de dólares, incluyendo diferentes cuentas, inversiones y activos que ya fueron identificados y cautelados durante el proceso. A ello se agregan montos en moneda local, sobre los que rige una cláusula de actualización para evitar que la inflación erosione el valor real de las sanciones. En todos los casos, se trata de bienes cuyo origen se vinculó a operaciones ilícitas o a beneficios obtenidos gracias al direccionamiento de contratos de obra pública.
La Corte encomendó al juez del Tribunal Oral Federal interviniente que instrumente las medidas necesarias para inscribir a nombre del Estado los inmuebles decomisados y efectivizar el traspaso de los fondos a las cuentas indicadas. El oficio cita expresamente las normas del Código Penal y del Código Procesal Penal que regulan el decomiso de bienes de origen ilícito, con el objetivo de dar certidumbre sobre el alcance de la medida y evitar futuras controversias en torno a la titularidad de los activos.
El destino final de los recursos abre, a la vez, un debate sobre el uso social de los bienes recuperados en casos de corrupción. En los últimos años se discutió la posibilidad de orientar estos fondos a programas específicos, tales como infraestructura, políticas sociales o fortalecimiento institucional. Por ahora, la prioridad es completar el proceso de ejecución y resguardar los activos bajo control estatal, mientras diferentes actores plantean que los recursos deberían traducirse en mejoras tangibles para la ciudadanía, especialmente en un contexto de fuertes restricciones presupuestarias.
La decisión del máximo tribunal se produce en paralelo a la discusión sobre el rol de los distintos poderes del Estado en la administración de bienes recuperados. Un decreto del Poder Ejecutivo había creado un organismo específico para supervisar y decidir sobre estos activos, lo que motivó cuestionamientos de sectores judiciales que advertían posibles interferencias sobre competencias propias de los jueces penales. Distintos fallos recientes reforzaron la idea de que son los tribunales los encargados de ejecutar las sentencias y disponer, en última instancia, el destino de los bienes decomisados.
Para la opinión pública, el avance en la ejecución de los decomisos es también un termómetro sobre la capacidad del sistema institucional para cerrar el círculo en las causas de corrupción. Las condenas penales generan un efecto simbólico importante, pero la recuperación de activos se vuelve central cuando se trata de reparar, al menos en parte, el daño causado al erario. En ese sentido, la decisión de la Corte envía la señal de que las sentencias firmes no se agotan en la imposición de penas de prisión, sino que buscan también recomponer los recursos del Estado.
El desafío que se abre hacia adelante es garantizar que el proceso de ejecución se desarrolle con transparencia, seguimiento público y criterios claros de asignación. Distintas organizaciones especializadas en integridad y control ciudadano vienen reclamando que la información sobre bienes recuperados sea accesible, que existan mecanismos para auditar su administración y que se definan reglas estables para su utilización. La causa Báez, por el volumen de fondos involucrados y por su impacto político, se perfila como un caso testigo para medir si la Argentina puede consolidar una política consistente de recuperación de activos.
En un contexto económico marcado por la escasez de divisas y las restricciones fiscales, la inyección de recursos provenientes de decomisos no modifica por sí sola el cuadro macroeconómico, pero sí confirma que la lucha contra la corrupción puede tener efectos concretos sobre las cuentas públicas. La forma en que el Estado logre administrar y explicar el uso de estos bienes será clave para fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones y para fijar un precedente de largo plazo frente a futuros casos complejos que involucren desvío de fondos públicos.