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El TSJ de CABA define al RIPTE como índice clave para actualizar intereses en juicios por accidentes de trabajo

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires fijó un criterio clave para los juicios por accidentes y enfermedades laborales: resolvió que la variación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) es el parámetro que debe utilizarse para actualizar los intereses de las indemnizaciones derivadas de estos casos. La decisión ordena ajustar los créditos conforme a la normativa especial de riesgos del trabajo y desplaza esquemas de actualización basados en el índice de precios al consumidor más tasas de interés adicionales fijadas por los jueces.

El pronunciamiento se dio en una causa iniciada por un trabajador que reclamó una indemnización por enfermedad profesional, cuya primera manifestación invalidante se había producido a mediados de la década pasada. En instancias inferiores se había dispuesto actualizar el capital de condena utilizando la evolución del índice de precios al consumidor oficial, sumado a una tasa de interés pura anual, con el objetivo de preservar el valor real del crédito frente a la inflación. La aseguradora de riesgos del trabajo apeló al considerar que ese esquema se apartaba de la legislación específica aprobada para el sistema.

Al analizar el reclamo, el máximo tribunal porteño entendió que la ley de riesgos del trabajo fue modificada por disposiciones posteriores que establecieron de manera expresa el uso del RIPTE como referencia para calcular los intereses desde la primera manifestación invalidante hasta la puesta a disposición de la indemnización. De este modo, el fallo remarca que la actualización de los créditos laborales en este fuero no puede basarse en fórmulas generales de indexación, sino en los parámetros previstos de manera concreta por el régimen especial.

En su razonamiento, los jueces destacaron que la finalidad del esquema de riesgos del trabajo es asegurar una reparación adecuada y previsible, manteniendo un equilibrio entre las prestaciones para los trabajadores y la sostenibilidad del sistema. Señalaron que el uso del RIPTE como índice de actualización responde justamente a ese propósito, ya que se trata de un indicador asociado a la evolución de los salarios formales, vinculado a la capacidad contributiva del sistema y a la realidad de la masa salarial sobre la que se calculan las primas.

El tribunal también subrayó que recurrir a otros índices de precios de forma simultánea, sumados a tasas de interés que no surgen de la norma especial, puede derivar en resultados que desnaturalizan el diseño legal y generan disparidades entre causas similares. Para los magistrados, la solución adoptada en el precedente busca reducir la dispersión de criterios entre juzgados y cámaras laborales, aportando previsibilidad tanto a las personas que litigan como a las aseguradoras y empleadores que forman parte del sistema.

La resolución se inscribe en un contexto de intenso debate jurídico sobre cómo deben calcularse las actualizaciones de créditos laborales frente a un escenario prolongado de inflación elevada. Diferentes tribunales del país habían sostenido fórmulas diversas, combinando índices de precios, tasas activas bancarias e indicadores salariales, lo que dio lugar a una jurisprudencia fragmentada. Con este fallo, el máximo tribunal de la Ciudad refuerza la idea de que, en los casos alcanzados por la ley de riesgos del trabajo, debe primar la norma específica que remite al RIPTE.

Para los trabajadores y sus familias, el impacto de la decisión dependerá en buena medida de la dinámica que muestre el propio índice salarial en los próximos meses. Si los ingresos formales acompañan la inflación y la recomposición de paritarias se sostiene, el RIPTE podría garantizar que las indemnizaciones mantengan razonablemente su poder de compra. En cambio, si se acentúa la brecha entre salarios y precios, el debate sobre la suficiencia de este criterio de actualización probablemente vuelva a los tribunales y a la agenda del Congreso.

En el caso de las aseguradoras de riesgos del trabajo, el fallo es leído como un mensaje de respaldo al esquema establecido por la normativa reciente. Al delimitar con mayor claridad cuáles son los índices aplicables, la sentencia reduce la incertidumbre sobre la evolución futura de los pasivos judiciales y facilita los cálculos actuariales que sostienen la operatoria del sistema. No obstante, las ART siguen bajo presión por el volumen de litigios acumulados y por las discusiones abiertas en torno a la cobertura de enfermedades profesionales y accidentes in itinere.

Los estudios especializados advierten que la definición adoptada por el tribunal porteño puede tener efectos más allá de la jurisdicción local, especialmente en la medida en que otros tribunales laborales tomen este criterio como referencia. Aunque el vínculo entre la justicia nacional y la justicia de la Ciudad continúa atravesado por tensiones institucionales, cada decisión de alto impacto económico, como la relacionada con el cálculo de intereses, se convierte en un punto de apoyo para futuros precedentes y para eventuales reformas legislativas.

En paralelo, los especialistas en derecho laboral remarcan que el debate de fondo excede la discusión técnica sobre qué índice debe aplicarse a la actualización de las indemnizaciones. Para ellos, la cuestión central sigue siendo cómo garantizar que las víctimas de accidentes y enfermedades laborales reciban una reparación oportuna y suficiente, sin que los procesos judiciales se prolonguen durante años. En ese sentido, las definiciones sobre intereses y fórmulas de cálculo son un capítulo más de una agenda más amplia, que incluye la prevención, la fiscalización de las condiciones de trabajo y la simplificación de los procedimientos.

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